miércoles, 20 de enero de 2016

Abuelas esclavas

¿Quién le paga a las abuelas?
Por Elvira Luna Pineda


Es innegable que en nuestras sociedades actuales, las abuelas y los abuelos son piezas claves para el desarrollo y estabilidad de las familias. Tan innegable lo es como el afirmar que uno de los principales motivos que inhiben la inclusión de las mujeres en el sector productivo y económico formal lo constituye el cuidado de hijas e hijos. Hoy por hoy, de acuerdo con estimaciones publicadas por el Instituto Nacional de las Mujeres “en nuestro país hay 6.1 millones de niñas y niños pequeños cuyas madres trabajan para el mercado y que son cuidados por distintas personas e instituciones, entre las que sobresalen las abuelas”.

Afirman las publicaciones en la materia que “una tercera parte de las niñas y los niños que tienen entre 0 y 6 años de edad y que sus mamás trabajan fuera del hogar, son cuidados por sus abuelas durante más de ocho horas diarias”. Esto pudiera constituir un mero tema de ayuda y solidaridad familiar, sin embargo relevante es que más del 90 por ciento de las abuelas que cuidan a sus nietos y nietas lo hacen sin recibir pago alguno. Cuando es un familiar distinto a las abuelas quien cuida de los hijos y las hijas de madres trabajadoras, más del 78 por ciento lo hace también sin recibir pago alguno. Lo cierto es que las madres trabajadoras no pagan por cuidar a sus hijos e hijas –en los supuestos que hemos mencionado- seguramente en muchos casos es porque el sueldo es tan precario que no alcanza, sin embargo mientras estas dudas surgen, ¿en dónde están los papás? Porque definitivamente estos niños y niñas no fueron engendrados sólo por la madre.

Pero bueno, sigamos ahora con las abuelas. El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) ha señalado que dos de cada 10 adultos mayores son autosuficientes para solventar sus gastos mientras que los ocho restantes viven en situación de pobreza llegando incluso a la miseria. Aporta además el CONEVAL que tres de cada 10 adultos mayores no cuentan con una pensión. Los adultos mayores sufren de graves carencias económicas que repercuten indiscutiblemente en el inadecuado tratamiento de enfermedades y atención de la salud y alimentación. Esta salud definitivamente de acuerdo con lo que señalan especialistas, puede ser afectada por el esfuerzo físico y emocional que significa el cuidado de personas menores de edad incluyendo bebés.

Las abuelas realizan un trabajo que exige de ellas un esfuerzo superior al que de acuerdo con sus condiciones pueden aportar, no reciben remuneración alguna, en la mayor parte de los casos no pueden renunciar ni negarse ya que dependen de la familia que las coloca en el lugar de “abuelas esclavas” por lo cual no tienen otra alternativa que seguir, además, sin seguridad social para atender todas esas enfermedades y padecimientos propios de la edad. ¿Qué alternativas se tienen para ellas? En la mayoría de las familias no hay respuesta, y en las políticas públicas definitivamente la anticipación y atención de este sector poblacional es casi nulo.

Si esto no fuera suficiente, la violencia y la discriminación es un problema que victimiza a abuelos y abuelas, representando el cuarto grupo poblacional vulnerable a la discriminación; sufren además violencia familiar, violencia institucional y son marginados por una sociedad que les excluye por el hecho de ser “viejos”.

Es una realidad, gran cantidad de adultos mayores pobres, enfermos, violentados, abandonados, y responsabilizados de sus nietos y nietas ante la falta de compromiso  de sus hijos e hijas, con exigencias legales en algunos casos, de lo que no les corresponde.

No existe una cultura de respeto a los derechos y la dignidad del adulto mayor, por lo cual  es urgente un cambio de paradigmas, e inaplazable la planificación y puesta en marcha de políticas públicas focalizadas para la atención de las personas adultos mayores. Como sociedad y como familias nos hace falta en definitiva estimar el valor de las abuelas. Mientras nos encontramos en la lectura de la semana entrante, les invito a la reflexión con la frase de Christian Friedrich Hebbel: “A menudo se echa en cara a la juventud el creer que el mundo comienza con ella. Cierto, pero la vejez cree aún más a menudo que el mundo acaba con ella. ¿Qué es peor?”


Twitter: @mujeporlapaz




martes, 19 de enero de 2016

Buen gobierno

Buen gobierno
Por Elvira Luna Pineda




Kofi Annan, Secretario General de Naciones Unidas en el periodo 1997-2006 y Premio Nobel de la Paz en el año 2001, sobre el buen gobierno expresó lo siguiente: “La voluntad de la gente tiene que ser la base de la autoridad gubernamental. Este es el fundamento de la democracia. Este es el fundamento del buen gobierno, el cual le dará a cada ciudadano... Un papel real y duradero -política, económica y socialmente- en el futuro de sus sociedades”. Esta frase con tanta esencia de fondo, parece no tener un punto de conexión con nuestros gobiernos. Analicemos.

Para nadie es un secreto que Mexicali se encuentra situada entre las primeras cinco ciudades más contaminadas del mundo. Algunos especialistas la sitúan en el primero, otros en el tercer lugar, lo claro es que nos disputamos uno de los primeros deshonrosos lugares compitiendo con ciudades de India, China, Indonesia y Corea del Sur. Con todo y lo que esto significa, su alcance y repercusiones en la vida diaria de quienes aquí vivimos, parece que este grave problema sigue sin dimensionarse por las autoridades, sin embargo, lo más lamentable es que como ciudadanía seguimos también sin apreciar la incapacidad y opacidades de los gobiernos, lejos y fuera de partidos y politiquerías, como sociedad debemos analizar, evaluar y exigir rendición de cuentas a quienes hoy y en el pasado han contribuido a que Mexicali esté inundada de residuos tóxicos, basura y desechos industriales que afectan la salud y atentan contra la vida de los mexicalenses.

Hace unos días vi una nota publicada en el portal “Periodismo Negro”, que daba cuenta de una de las últimas acciones del gobierno municipal de Jaime Díaz que contribuyen al deterioro de la salud ambiental de nuestro municipio. Esta nota se refería –entre otras cosas-, al reconocimiento de la autoridad municipal sobre el sacrificio de 800 perros al mes, mismos que han sido abandonados en los últimos meses a cielo abierto en el basurero municipal “Hipólito Rentería”. Estos cuerpos, -800 al mes aproximadamente- son tirados a la intemperie con el consecuente proceso de descomposición por el sol, el aire y el paso del tiempo. Si a esto le sumamos el problema de la grave contaminación y lo mezclamos con el problema de la Rickettsia que en la última década ha arrebatado la vida a decenas de personas en Mexicali, ¿que tenemos como resultado? ¿Será una de las explicaciones a tantas enfermedades respiratorias e infecciosas que padecemos ya en forma común en este municipio? Es obvio que existe una gran irresponsabilidad gubernamental con el abandono de los cadáveres de animales al aire libre omitiendo los procesos de cremación e inhumación que señala la Ley de Protección a los Animales Domésticos del estado de Baja California, sin embargo es buen momento también para preguntarnos si la forma de actuar individual de las familias y las personas de esta sociedad mexicalense está siendo la adecuado, al permitir la reproducción indiscriminada de animales, sin esterilización para controlar la multiplicación de especies en abandono por las calles e incluso dentro de los domicilios.

Definitivamente este y otros problemas están contribuyendo a que nuestro Mexicali se nos vaya de las manos, entre corrupción, discrecionalidad de los gobiernos para hacer lo que les venga en gana, falta de activismo ciudadano para asumir el papel que como sociedad nos corresponde además de  exigir evaluación de autoridades y rendición de cuentas, pueden estar siendo los ingredientes de un caldo de cultivo perfecto para el deterioro de nuestra ciudad y valle.

Mientras esperamos para encontrarnos en la lectura de la semana entrante, comparto con ustedes una de las frases de Jacinto Benavente, Premio Nobel de Literatura en 1922: “Los pueblos débiles y flojos, sin voluntad y sin conciencia, son los que se complacen en ser mal gobernados”. Segura estoy que no somos un pueblo así, demostrémoslo entonces!


Twitter: @mujeporlapaz




Con la deuda bajo el brazo!

Con la deuda bajo el brazo.
Por Elvira Luna Pineda




Todos los niños vienen con su torta bajo el brazo”, es uno de los dichos mexicanos que mayormente es usado cuando hay un embarazo y padre o madre se encuentran preocupados por los gastos implícitos en el embarazo y en la atención de la persona que está por nacer, en referencia a que niñas y niños cuando nacen traen buena suerte y fortuna a sus familias para resolver los gastos inesperados.

Pues tal parece que ahora todo ha cambiado y hasta la torta de los niños y niñas que están por nacer está empeñada. ¿Y por qué es esto? Pues por la nada sencilla razón de que nuestros gobernantes gastan y gastan y cuando el presupuesto ya no da para mantener las estructuras oficiales, optan por solicitar créditos, y endeudar a generaciones enteras. En palabras de Indira Gandhi, “Hay que vigilar a los ministros que no pueden hacer nada sin dinero y a aquellos que quieren hacerlo todo sólo con dinero”. Analicemos.

De acuerdo con los extensos análisis financieros que ha realizado el contador y auditor Mario Hurtado de Mendoza y que tan amable y generosamente me ha compartido, el gobierno municipal de Mexicali cerró el año 2008 con una deuda de 389.4 millones, el 2009 con 531.0 millones y el año 2010 al concluir el trienio de Rodolfo Valdez e iniciar el periodo de Francisco (Panchito) Pérez Tejada la deuda municipal ascendía a 874.8 millones de pesos. Es decir, sólo de deuda municipal cada uno de las 936 mil 826 personas que al 2010 habitábamos en Mexicali, debíamos 933 pesos aproximadamente, con los respectivos intereses que cada año se van sumando. Niños y niñas, personas adultas, personas con empleo o sin él, estudiantes, amas de casa, todos absolutamente, debíamos al 2010 esa cantidad. Sin embargo la deuda no paró ahí.

Al llegar Panchito, concluyó su primer año de gestión con una deuda que ascendía a los mil 204 millones de pesos. Posteriormente el año 2012 lo cerró con mil 627 millones de pesos, concluyendo su gestión gubernamental con una deuda de 2 mil 137.7 millones de pesos. El 2014, primer año de gobierno municipal a cargo de Jaime Díaz, concluyó de acuerdo con el análisis referido, con una deuda que asciende a 2 mil 464.7 millones de pesos.

Para nadie es un secreto el escándalo desatado durante y después de la gestión municipal de Francisco Pérez Tejada, sobre todo por el tema de la deuda a Issstecali y el quebranto patrimonial –que se le atribuye- de más de 900 millones de pesos.

Actualmente se discute la aprobación de un préstamo por 707 millones de pesos a pagar por la ciudadanía mexicalense en los próximos 20 años con sus respectivos intereses. Sin embargo el tema del adeudo con Issstecali no lo es todo. De acuerdo con el análisis financiero realizado por Mario Hurtado de Mendoza, a esta deuda se suman adeudos reconocidos en declaraciones públicas por Tesorero y Presidente Municipal de la anterior administración, tales como cuotas y retenciones no pagadas al IMSS por 136 millones de pesos, retenciones a terceros no enteradas a la Secretaría de Hacienda por 225 millones de pesos, además de 165 millones de pesos utilizados en el fracasado sistema de transporte que luce olvidado en la carretera a San Luis a la altura de los parques industriales en la zona de González Ortega (Palaco).

Por si lo anterior no fuera suficiente deuda y dinero utilizado con nula estrategia ni plan de eficiencia del gasto público, se estima que a 500 millones podría ascender la cantidad requerida para laudos por los problemas laborales que se suscitaron durante la actual administración por el despido de personal. Las dudas lógicas surgen ¿Qué nos ha traído la tan soñada alternancia? ¿Acaso sólo deudas de gobiernos de uno y otro partido que sin el mayor respeto dejan empeñadas a las futuras generaciones?

Por su parte la Sindicatura municipal considera inconstitucional el préstamo de los más de 700 millones que se analiza aprobar en el cabildo por regidoras y regidores. Se trata de la adquisición de deuda para saneamiento financiero, así lo han explicado. Y si se requiere sanear algo, es que alguien lo enfermó. ¿Quién o quienes enfermaron las finanzas de Mexicali? ¿Bajo qué acuerdos políticos de “dejar hacer y dejar pasar” la clase política permite todo esto? Todo, mientras los niños y las niñas de Mexicali ya no nacen con su torta bajo el brazo, sino con la deuda que el actual y los pasados gobierno nos han endosado a todos sin siquiera preguntar nuestra opinión.

Y mientras en el gobierno municipal bailan la danza de los millones, les invito a la reflexión con la frase del fundador del PAN, Don Manuel Gómez Morín, frase creo, ya olvidada por quienes deberían tenerla presente día a día: “…que la transacción y la componenda no violen la levantada intransigencia, que la derrota no paralice sino instigue, que el simple apetito no se mezcle jamás con el propósito, que si falta un responsable, haya muchos para sustituirlo…”

Twitter: @mujerporlapaz


Todos los niños vienen con su torta bajo el brazo”, es uno de los dichos mexicanos que mayormente es usado cuando hay un embarazo y padre o madre se encuentran preocupados por los gastos implícitos en el embarazo y en la atención de la persona que está por nacer, en referencia a que niñas y niños cuando nacen traen buena suerte y fortuna a sus familias para resolver los gastos inesperados.

Pues tal parece que ahora todo ha cambiado y hasta la torta de los niños y niñas que están por nacer está empeñada. ¿Y por qué es esto? Pues por la nada sencilla razón de que nuestros gobernantes gastan y gastan y cuando el presupuesto ya no da para mantener las estructuras oficiales, optan por solicitar créditos, y endeudar a generaciones enteras. En palabras de Indira Gandhi, “Hay que vigilar a los ministros que no pueden hacer nada sin dinero y a aquellos que quieren hacerlo todo sólo con dinero”. Analicemos.

De acuerdo con los extensos análisis financieros que ha realizado el contador y auditor Mario Hurtado de Mendoza y que tan amable y generosamente me ha compartido, el gobierno municipal de Mexicali cerró el año 2008 con una deuda de 389.4 millones, el 2009 con 531.0 millones y el año 2010 al concluir el trienio de Rodolfo Valdez e iniciar el periodo de Francisco (Panchito) Pérez Tejada la deuda municipal ascendía a 874.8 millones de pesos. Es decir, sólo de deuda municipal cada uno de las 936 mil 826 personas que al 2010 habitábamos en Mexicali, debíamos 933 pesos aproximadamente, con los respectivos intereses que cada año se van sumando. Niños y niñas, personas adultas, personas con empleo o sin él, estudiantes, amas de casa, todos absolutamente, debíamos al 2010 esa cantidad. Sin embargo la deuda no paró ahí.

Al llegar Panchito, concluyó su primer año de gestión con una deuda que ascendía a los mil 204 millones de pesos. Posteriormente el año 2012 lo cerró con mil 627 millones de pesos, concluyendo su gestión gubernamental con una deuda de 2 mil 137.7 millones de pesos. El 2014, primer año de gobierno municipal a cargo de Jaime Díaz, concluyó de acuerdo con el análisis referido, con una deuda que asciende a 2 mil 464.7 millones de pesos.

Para nadie es un secreto el escándalo desatado durante y después de la gestión municipal de Francisco Pérez Tejada, sobre todo por el tema de la deuda a Issstecali y el quebranto patrimonial –que se le atribuye- de más de 900 millones de pesos.

Actualmente se discute la aprobación de un préstamo por 707 millones de pesos a pagar por la ciudadanía mexicalense en los próximos 20 años con sus respectivos intereses. Sin embargo el tema del adeudo con Issstecali no lo es todo. De acuerdo con el análisis financiero realizado por Mario Hurtado de Mendoza, a esta deuda se suman adeudos reconocidos en declaraciones públicas por Tesorero y Presidente Municipal de la anterior administración, tales como cuotas y retenciones no pagadas al IMSS por 136 millones de pesos, retenciones a terceros no enteradas a la Secretaría de Hacienda por 225 millones de pesos, además de 165 millones de pesos utilizados en el fracasado sistema de transporte que luce olvidado en la carretera a San Luis a la altura de los parques industriales en la zona de González Ortega (Palaco).

Por si lo anterior no fuera suficiente deuda y dinero utilizado con nula estrategia ni plan de eficiencia del gasto público, se estima que a 500 millones podría ascender la cantidad requerida para laudos por los problemas laborales que se suscitaron durante la actual administración por el despido de personal. Las dudas lógicas surgen ¿Qué nos ha traído la tan soñada alternancia? ¿Acaso sólo deudas de gobiernos de uno y otro partido que sin el mayor respeto dejan empeñadas a las futuras generaciones?

Por su parte la Sindicatura municipal considera inconstitucional el préstamo de los más de 700 millones que se analiza aprobar en el cabildo por regidoras y regidores. Se trata de la adquisición de deuda para saneamiento financiero, así lo han explicado. Y si se requiere sanear algo, es que alguien lo enfermó. ¿Quién o quienes enfermaron las finanzas de Mexicali? ¿Bajo qué acuerdos políticos de “dejar hacer y dejar pasar” la clase política permite todo esto? Todo, mientras los niños y las niñas de Mexicali ya no nacen con su torta bajo el brazo, sino con la deuda que el actual y los pasados gobierno nos han endosado a todos sin siquiera preguntar nuestra opinión.

Y mientras en el gobierno municipal bailan la danza de los millones, les invito a la reflexión con la frase del fundador del PAN, Don Manuel Gómez Morín, frase creo, ya olvidada por quienes deberían tenerla presente día a día: “…que la transacción y la componenda no violen la levantada intransigencia, que la derrota no paralice sino instigue, que el simple apetito no se mezcle jamás con el propósito, que si falta un responsable, haya muchos para sustituirlo…”


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martes, 5 de enero de 2016

Cuarto de Paz

Cuarto de Paz
Por Elvira Luna Pineda
Presidenta del Instituto para la Paz y el Desarrollo, A.C.



Las elecciones están ya aquí, por lo que tanto partidos como candidatos alistan a sus equipos e instalan las estructuras de sus “cuartos de guerra”. ¿A que se le denomina de esta forma? ¿Por qué “cuartos de guerra” en los procesos electorales? Analicemos. Los cuartos de guerra se forman con grupos de profesionales, operadores políticos y comunicólogos que a través de sesiones y acuerdos estratégicos buscan plantear las mejores acciones y resultados de marketing político que les brinde la mejor rentabilidad electoral para llevar al triunfo a sus candidatos o partidos. Cada persona que logre una postulación a un puesto de elección popular y que quiera evitar crisis y riesgos de campaña –se dice-, debe tener en la mira el contar con su “cuarto de guerra”. De acuerdo con especialistas en el tema el “cuarto de guerra” tiene como función el desarrollo de tácticas con objetivos duales que transitan en forma alterna. Algunos especialistas señalan que, estos cuartos de guerra o “war room” por un lado “tienen objetivos positivos, creando tácticas efectivas que permitan transmitir de la mejor manera los mensajes del candidato o del gobierno; y por otro lado, el negativo, consistente en las tácticas de campañas de contraste en contra de los contrincantes, además de la defensa de los ataques de los opositores y enfrentar las situaciones de crisis”. Vale la pena cuestionarnos ¿Por qué “cuarto de guerra”? En estos tiempos, en donde la violencia por infortunio está presente en todos los ámbitos sociales; en la familia esa violencia que llega hasta el feminicidio y el asesinato de niños y niñas; en la escuela el bullying que marca la vida de docenas de cientos de estudiantes sin que a la fecha exista una política integral de prevención ante esta incidencia cada vez más cruel y real. En las calles esa violencia que mata, que amenaza, que distorsiona la tranquilidad social. En la comunidad, trabajo, fábrica e instituciones, esa violencia que margina, que excluye, que limita. Y es cuando el cuestionamiento sigue para la clase política: ¿Por qué cuartos de guerra? ¿Por qué volcar ante una sociedad en estado de indefensión esas tácticas de guerra? ¿Por qué implantar en las elecciones y el gobierno la cultura del adversario al que se debe aniquilar? Es por eso que rompiendo paradigmas y estereotipos se plantean los “cuartos de paz”. Como sociedad –y la clase política es parte de esta sociedad- se debe alzar la mira, ya es demasiada guerra, demasiada lucha sin cuartel, demasiada violencia. ¿O que acaso los partidos y sus candidatos sólo se saben mover en el caos, en la oscuridad y en la violencia? El instaurar y promover los “cuartos de paz” podría traer consigo la innovación de nuevas formas de interlocución política, de dialogo, de construcción social, de crecer ante el enriquecimiento de la diferencia de ideas en lugar de que “si no piensas como yo entonces eres contrario”. La situación del país advierte que este año electoral será sui generis, esperemos que esa singularidad no nos lleve al surrealismo. Se insinúa un proceso electoral de venganza, de revanchas, de legitimar los medios –por más infames o ilegítimos que sean- con tal de lograr los fines, el fin de ganar, avasallar, implantar mayorías en los congresos y asegurar cotos de poder. Si cambiamos la estrategia y nos atrevemos a desarrollar entornos de paz, esta realidad que a nadie en su sano juicio le agrada, podrá transitar a nuevos entornos de paz. Se requiere voluntad política, se requieren ganas de que esta violencia que como sociedad rechazamos, se prevenga desde la raíz; no con balas, más patrullas o policías; no con mayores estructuras burocráticas que solo abrevan mayores presupuestos comiéndose los impuestos ciudadanos con hambre desmedida, sino con voluntad de romper paradigmas. “Cuartos de paz”, anímense candidatos, atrévanse candidatas. Partidos políticos  y gobiernos esta es la propuesta, les toca a ustedes seguir haciendo la guerra o visualizar y hacer tangible la paz. Para la reflexión la frase de Teresa, la de Calcuta: “A veces sentimos que lo que hacemos es sólo una gota en el mar, pero el mar sería menos si le faltara esa gota”. Nos leemos la semana entrante.

lunes, 7 de diciembre de 2015

Acoso Laboral. Mobbing.

Acoso laboral
Por Elvira Luna Pineda


Durante los años 2008 y 2009, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a través del Programa de Equidad de Género realizó un Diagnóstico que, -entre otros aspectos-, reveló la existencia de eventos de acoso laboral y sexual, visibilizando limitaciones en las prácticas indagatorias y sancionadoras existentes para resolverlos. El acoso laboral también conocido como “mobbing”, ha sido desarrollado en algunos estudios como una práctica de “psico-terror-emocional” por los daños que causa a quien lo sufre. La ausencia de procedimientos y capacidades para resolver conflictos laborales, incide en su transformación en algo “personal” y violento ya que una de las partes se siente agredida. El acoso laboral puede durar días, semanas, meses e incluso años. De acuerdo con diversos autores, estudios doctrinales, investigaciones sobre el tema y la normatividad inmersa en los tratados internacionales así como la prevista en la legislación interna, puede considerarse que el acoso laboral o mobbing se genera tanto en el sector gubernamental como en la iniciativa privada y consiste en actos o comportamientos, en un evento o en una serie de ellos, en el entorno del trabajo o con motivo de éste, con independencia de la relación jerárquica de las personas involucradas, que atenten contra la autoestima, salud, integridad, libertad o seguridad de las personas. La provocación, presión, intimidación, exclusión, aislamiento, ridiculización, o ataques verbales o físicos, que pueden realizarse de forma evidente, sutil o discreta, y que ocasionan humillación, frustración, ofensa, miedo, incomodidad o estrés en la persona a la que se dirigen o en quienes lo presencian, con el resultado de que interfieren en el rendimiento laboral o generan un ambiente negativo en el trabajo. Por su parte el acoso sexual son actos o comportamientos de índole sexual, los cuales se configuran independientemente de la relación jerárquica entre las partes y puede consistir en “chantaje sexual” y en la práctica conocida como “acoso sexual ambiental”

La SCJN ha sido enfática en señalar que “el acoso laboral y/o sexual constituye una forma de violencia favorecida por la discriminación estructural contra ciertos grupos en situación de vulnerabilidad. Es decir, cuando ciertas personas son más vulnerables por razones sociales, económicas o por su pertenencia a grupos histórica y sistemáticamente desaventajados, resulta más fácil que sean objeto de acoso en el ambiente de trabajo”. Un dato importante que la SCJN puntualiza además es que, aun cuando la desigualdad estructural entre mujeres y hombres ha determinado que éstas se encuentren en una situación de mayor vulnerabilidad para sufrir violencia basada en el género, los hombres, así como otros grupos y personas en situación de vulnerabilidad, son igualmente susceptibles de padecer violencia en el ámbito de las relaciones laborales.


Los graves daños que ocasiona y la incidencia del acoso laboral en las relaciones laborales han trascendido a tal grado que por primera vez en la historia la Corte, establece a través de resolución de la Primera Sala, los criterios para acreditar el mobbing o acoso laboral. Hace apenas unos días, durante la primera semana de febrero, la SCJN concluyó que las conductas que configuran el mobbing o acoso laboral pueden generar daños o afectaciones susceptibles de reclamarse mediante distintas vías, como podrían ser la penal, administrativa, civil o laboral. En este sentido los criterios establecidos para demostrar el acoso laboral son: i) Que el acoso tenga el objetivo de intimidar, opacar, amedrentar o consumir emocional o intelectualmente al demandante, con miras a excluirle de la organización o a satisfacer la necesidad de agredir, controlar o destruir; ii) La agresividad o el acoso laboral puede darse bien entre compañeros o colegas, es decir, activo y pasivo ocupan un nivel similar en la jerarquía ocupacional o por parte de sus superiores jerárquicos; iii) Que el acoso se presente a través de conductas sistemáticas, de manera que un acto aislado no puede constituir mobbing; iv) la parte afectada deberá de explicar y probar la conducta hostil en su contra, sin embargo el estándar probatorio no deberá ser estricto. 

Finalmente la Suprema Corte de Justicia de la Nación aseveró en su resolución que ésta, servirá como un importante  precedente para los Tribunales del país, quienes deberán de aplicar estos cuatro criterios y distinguir además entre acoso laboral o  conductas inherentes a las exigencias propias del empleo. “Si la justicia existe, tiene que ser para todos; nadie puede quedar excluido, de lo contrario ya no sería justicia” P. Auster.

martes, 3 de noviembre de 2015

Asesinar mujeres no es grave.


Por Elvira Luna Pineda

Sobre el delito de feminicidio he escrito en repetidas ocasiones, los hechos violentos que suceden en Baja California y que durante este año han arrebato la vida en forma dolosa y violenta de 83 mujeres y niñas en nuestro estado, amerita que sigamos alzando la voz en exigencia de justicia por las víctimas y sus familias.

Siempre he afirmado que los delitos de violencia contra las mujeres -el feminicidio es uno de ellos-, son delitos con una complejidad técnica jurídica que en combinación con la magra capacitación que sobre este problema tienen quienes procuran e imparten justicia, logran un binomio perverso de impunidad e injusticia.

El estudio y análisis de la comisión del delito de feminicidio implica abordar la discriminación contra las mujeres y la violencia de género, considerar situaciones que expresan y reproducen relaciones asimétricas de poder, que desarrollan mecanismos para perpetuar la subordinación y la exclusión de las mujeres de la vida política, civil, económica, social y cultural, así como del ejercicio pleno de sus derechos. Se trata –según coincidimos investigadoras y derechohumanistas- de un acto culminante de una serie de vejaciones cruentas, que ya han vulnerado previamente diversos derechos de la víctima e infringido una serie de agresiones constituyentes de delito como violación, lesiones, privación de la libertad y otras, por lo que está al final del “continuum” del terror contra las mujeres, el cual incluye una gran variedad de abusos verbales y físicos, la tortura, la esclavitud sexual (particularmente en prostitución), el incesto y el abuso sexual infantil extrafamiliar, la agresión psicológica, el hostigamiento sexual, etcétera (Diana Russell, 1976).

Si bien es cierto que en Baja California se han realizado reformas legislativas en la materia, es cierto también que estás no han sido ni suficientes ni integrales para garantizar el acceso de las mujeres a la justicia. Analicemos el contexto jurídico que ha recorrido este delito en el ámbito estatal y los obstáculos legislativos y de procuración de justicia que hasta hoy siguen perpetuando la impunidad.


Primero: Durante la XX Legislatura se tipificó por primera vez en Baja California el delito de Feminicidio. El texto del decreto número 221 publicado en el periódico oficial número 47, tomo CXIX de 19 de octubre de 2012 siendo gobernador José Guadalupe Osuna Millán, decía lo siguiente: "Comete el delito de feminicidio la persona que dolosamente prive de la vida a una o varias mujeres por motivos o razones de género y se le impondrán de 20 a 50 años, además de una multa de hasta 500 días”.

SEGUNDO: Como pueden observar, el tipo penal referido dice que se impondrán de 20 a 50 años, más sin embargo no dice de que, por lo cual no su puede advertir y mucho menos asegurar que sea de prisión.

TERCERO: Derivado de esta inconsistencia legislativa, la Procuraduría General de la República (PGR), el 21 de noviembre de 2012 presenta la Acción de Inconstitucionalidad número 63/2012 ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que solicitó la invalidez de la norma que se precisa, emitida y promulgada por el Congreso del Estado a través de la XX Legislatura y por el Gobernador en ese entonces José Guadalupe Osuna Millán.

En su Acción de Inconstitucionalidad la PGR demandó ante la Corte la invalidez del artículo 129 primer párrafo del Código Penal del Estado de Baja California, al considerar que se vulneró el Principio de Exacta Aplicación de la Ley Penal previsto en el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, porque establece que la sanción para el delito de FEMINICIDIO es “de 20 a 50 años”, sin hacer referencia precisa y exacta a la pena que corresponde, distinguiendo en su argumentación jurídica que dicho principio “no se circunscribe a los meros actos de aplicación, ya que el mandato constitucional exige para su cabal cumplimiento, que también la ley sea concebida en forma tal que los términos mediante los cuales especifique los elementos respectivos, en el caso concreto, delito y pena, sean claros, precisos y exactos, a fin de evitar confusión en su aplicación o demérito en la defensa del procesado”.

La PGR además esbozó en su demanda que el Congreso de Baja California “no señaló de forma clara y precisa la sanción correspondiente, lo que se traduce en una violación al artículo 14, párrafo tercero, de la Norma Fundamental, pues se está en presencia de una pena que no puede imponerse al caso concreto, por no señalar si el referente a aplicar es una pena de prisión o una diversa de las que contempla el artículo 25 del Código Penal de la entidad”.
Relevante fue también el señalamiento de PGR al informar a la Suprema Corte que la reforma sobre FEMINICIDIO contravino los Principios de Exacta Aplicación de la Ley, de Seguridad Jurídica y de Legalidad establecidos en los artículos 14 y 16 de la Constitución, pues al no establecer el tipo de pena que corresponde aplicar a quien comete el delito de FEMINICIDIO, se genera incertidumbre jurídica para las partes en el proceso penal y advirtió además que el legislador de Baja California no se sujetó al Principio de Supremacía Constitucional establecido en el artículo 133 constitucional, lo que constituyó –de acuerdo con la PGR- “un exceso de la autoridad legislativa emisora”.

CUARTO: Advirtiendo su error, la XX Legislatura emitió una Fe de Erratas que se publicó
en el Periódico Oficial No. 55, de fecha 07 de diciembre de 2012, lo anterior para precisar que los 20 a 50 años se referían a pena de prisión.

QUINTO: En su defensa ante la Corte, la XX Legislatura invocó como causa de improcedencia de la demanda de la PGR, el cese de los efectos de la norma combatida, es decir la reforma sin pena sobre el delito de feminicidio, debido a que ya habían emitido una “Fe de erratas”.

SEXTO: En su resolución la Corte señaló que no fue posible estimar que la “Fe de Erratas” con la que se pretendió acreditar que la norma publicada dejó de tener efectos, se trate de la corrección a la primera publicación del texto reformado del artículo 129, primer párrafo, del Código Penal para el Estado de Baja California, pues no se apreció que la finalidad fue corregir un error tipográfico o de la voluntad del legislador, sino que se pretendió subsanar una omisión en la decisión legislativa, lo cual, no es procedente mediante la utilización de la “Fe de Erratas”.

La Suprema Corte fue muy clara, la Fe de Erratas no puede llegar al extremo de suplir las decisiones tomadas por el Congreso.

SÉPTIMO: Como era de esperarse, este tipo penal no sirvió para enjuiciar por el delito de FEMINICIDIO a los responsables de los 71 asesinatos que durante 2013 se registraron en el Estado, de los cuales 35 sucedieron en Tijuana, 19 en Mexicali, 8 en Ensenada, 7 en Rosarito y 2 en Tecate.

OCTAVO: Debido a la ineficacia de este tipo penal, el pasado 20 de marzo de 2015 se publicó en el periódico oficial de Baja California una reforma al artículo 129 del Código Penal, incluyendo algunas consideraciones y elementos a la tipificación sobre el delito de feminicidio para quedar como sigue: “Comete el delito de Feminicidio el que dolosamente
prive de la vida a una o varias mujeres por razones de Género. Se considera que existen razones de género, cuando se de una o más de las siguientes circunstancias: I.- Haya existido entre el activo y la víctima una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, noviazgo o amistad; II.- Haya existido entre el activo y la víctima una relación laboral, docente, o cualquier otra que implique confianza, subordinación o superioridad; III. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; IV. A la víctima se le hayan infringido lesiones infamantes, degradantes o
mutilaciones previa o posterior a la privación de la vida; V. Existan antecedentes de amenazas, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima; VI. El cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público; VII. La víctima haya sido incomunicada. A quien cometa el delito de feminicidio se le impondrá una sanción de veinte a cincuenta años de prisión, además de una multa de 200 a 500 días de salario mínimo vigente. Además de las sanciones descritas en el presente artículo, el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio”.

NOVENO: No obstante esta reforma y los 83 asesinatos de mujeres que han sido cometidos durante 2015, según referencias de las autoridades, sólo uno ha sido considerado para su investigación y enjuiciamiento como FEMINICIDIO. Sin embargo si esto de por sí es relevante, resulta inexplicable que el Poder Legislativo no haya tomado las medidas legales para incluir en la reforma, al FEMINICIDIO como un delito grave e incorporarlo en el capítulo de delitos graves señalados en el artículo 123 del Código de Procedimientos Penales que rige en la totalidad del estado a excepción de Mexicali. Inexplicable resulta también que en el catálogo de delitos graves establecido en el artículo 123 del Código antes citado, aparezca el infanticidio como delito grave, siendo que este delito fue derogado y en su lugar en el Código Penal se incluyó el FEMINICIDIO. Es decir, ni siquiera se han dado cuenta. ¿Será que ni la Procuraduría lo ha notado?

¿Qué significa esto? Significa que las personas que cometan el delito de feminicidio en Tecate, Tijuana, Rosarito y Ensenada podrán salir con libertad bajo caución debido a que el FEMINICIDIO está considerado en nuestra legislación como un delito menor. ¿No les parece sorprendente? Para nuestras leyes, y al parecer para nuestras autoridades y el legislativo, resulta mucho más grave el robar animales al cometer el delito de abigeato, que el privar de la vida a una mujer cometiendo el delito de feminicidio.

Mientras esperamos para leernos la semana entrante, les invito a la reflexión, indignación y acción con la frase Abraham Lincoln: “La probabilidad de perder en la lucha no debe disuadirnos de apoyar una causa que creemos que es justa”.


Twitter: @mujeporlapaz